Desafíos éticos y legales en el deseo por apresurar la muerte: Perspectivas desde la oncología y la eutanasia en México.
A pesar de que la eutanasia está prohibida por la Ley General de Salud en México, se han abierto mesas de debate e investigación sobre el tema. Diversas instituciones médicas, éticas y académicas han promovido discusiones sobre la legalización de la eutanasia en el contexto de los cuidados paliativos. Sin embargo, estudiar y promover la legalización de la eutanasia como último recurso en los cuidados paliativos ha sido descuidado actualmente en nuestro país. Principalmente porque según Salas (2020,p.2) “la escuela hipocrática prohibió a los médicos la administración de drogas mortales a sus pacientes eliminando de su práctica una acción aceptada para escapar de los sufrimientos ocasionados por problemas de salud penosos e incurables”.
La falta de un diálogo profundo sobre el derecho a la autonomía y la dignidad de las personas al final de la vida en México plantea una problemática crucial. Esta carencia impide abordar de manera efectiva las cuestiones éticas y legales que rodean a la eutanasia, lo que puede dar lugar a situaciones donde la voluntad del paciente no se respeta y se corre el riesgo de abusos. La comprensión insuficiente de esta temática obstaculiza la creación de regulaciones adecuadas que proporcionen claridad y protección tanto a los pacientes como a los profesionales de la salud. Además, en un contexto médico contemporáneo, la falta de atención a esta cuestión dificulta la alineación de México con las discusiones globales sobre bioética y derechos humanos.
Las aplicaciones de la Eutanasia en México son limitadas; por tal razón, abarcaremos tres puntos claves para su entendimiento, en primer lugar, hablaremos de cómo se presenta el deseo por apresurar la muerte en pacientes con cáncer. En segundo lugar, abordaremos este planteamiento desde el punto de vista legal consultando lo que dice la constitución al respecto para finalmente tocar el punto de vista ético a favor de la participación del profesional médico en la muerte asistida.
El cáncer es una enfermedad con alta mortalidad, con frecuencia es diagnosticada en etapas avanzadas, lo que limita las opciones de curación y aumenta el sufrimiento de los pacientes. Como menciona el investigador Oscar Rodríguez Mayoral (2019) refiere en su artículo The desire to hasten death in advanced cancer patients at a Mexican palliative care service: las personas con cáncer en etapas avanzadas suelen sufrir a causa de su enfermedad y por ello son propensas a expresar ideas de muerte y suicidio, las cuales entran en el deseo por apresurar su muerte.
Los datos del Servicio de Cuidados Paliativos del Instituto Nacional de Cancerología en México revelan una importante prevalencia del deseo de acelerar la muerte entre los pacientes terminales:
En pacientes tratados en unidades de cuidados paliativos, entre el 11% y el 55% de los pacientes experimentan DHD [1]momentáneo y entre el 3% y el 20% experimentan DHD permanente. Por otro lado, el 35% de los pacientes que se someten a evaluación psiquiátrica presentan DHD (Rodríguez et al., 2019, p.104).
Sin embargo, en México la práctica de la eutanasia está lamentablemente prohibida, ya que la Ley General de la Salud menciona en su artículo 166 que “Queda prohibida la práctica de la eutanasia, entendida como homicidio por piedad, así como el suicidio asistido conforme lo señala el Código Penal Federal” (Cámara de Diputados, 2022).
Igualmente consideremos que no existe una legislación especial aplicable a nivel federal, pues solo está vigente el marco general previsto en la Ley General de Salud, lo cual provoca un vacío legal a nivel jurídico. Por lo tanto, le es imposible al personal médico auxiliar a aquellos pacientes con enfermedades terminales que deseen apresurar su muerte.
Como alternativa el derecho debería garantizar que en el proceso de legislación y en la aplicación de las leyes de voluntad anticipada se consideren como parte de la voluntad del paciente y por ende se cumplan, ya que tienen la obligación de garantizar el derecho de autodeterminación que tienen las personas a decidir sobre su vida, salud y su muerte.
Algunos bioéticos tienen la postura de responsabilizar a los médicos a un contrato social que atienda la voluntad del paciente y no a un punto de vista moral que puedan considerar incorrecto, en este caso la eutanasia. Actualmente, la sociedad reconoce la autonomía de los individuos como un valor absoluto, los defensores de la eutanasia creen que cumplen un rol benéfico hacia casos con enfermedades terminales donde el dolor sea insoportable para el individuo incluso se reconoce la necesidad de suspender algunos tratamientos que en lugar de mejorar el estado del paciente solo le causen más sufrimiento, aun cuando esa suspensión de cabida al término de la vida de la persona.
No en todas las partes del mundo se puede aplicar la muerte asistida, a pesar de ello, podemos tomar como ejemplo a otras naciones que lo permitieron para contemplar los beneficios respecto a la disposición del personal médico para atender a estas solicitudes:
En Holanda se exige que se incluya el criterio de proporcionar el “cuidado debido”, lo que significa que la petición sea voluntaria, esté bien informada, sea reiterada en el tiempo, que el paciente se encuentre con un sufrimiento intratable e insoportable, que no haya otro medio de solucionar su situación, que esté atestiguado al menos por otro médico independiente y que el procedimiento de poner fin a la vida sea médicamente adecuado (Salas, 2020, p.4).
Los médicos contribuyen a que pueda ejecutarse la ley de acuerdo con lo que la legislación o constitución dicte, en cualquier país respecto al tema de cuidados paliativos y eutanasia, por ello deben considerar que las sustancias administradas para asegurar la muerte asistida no ocasionen dolor u otros síntomas porque será el médico el responsable de lidiar con otras complicaciones si es que se presentan. Esto se resume al principio del no abandono hacia el paciente, donde el médico debe cumplir con la voluntad del individuo en caso de sufrimiento, entendiendo que la aplicación de la eutanasia implicará un alivio para el paciente y se considerará un acto de compasión profesional.
La conclusión evidente es que México necesita abordar esta problemática mediante la creación de nuevas leyes que permitan la eutanasia bajo estrictos parámetros que salvaguarden tanto la carrera profesional de los médicos como la voluntad de los pacientes. Establecer un marco legal claro y ético en torno a la eutanasia no solo brindará un alivio a quienes enfrentan sufrimiento insoportable, sino que también protegerá a los profesionales médicos que toman decisiones difíciles en situaciones extremas. Es responsabilidad de las autoridades atender esta necesidad apremiante y garantizar que se respeten los derechos y la dignidad de todos los involucrados en este delicado tema de atención médica al final de la vida.
En última instancia, México debe tomar en consideración las experiencias de otros países que han regulado la eutanasia de manera efectiva, estableciendo controles rigurosos y salvaguardias para garantizar que la práctica se realice de manera ética y respetuosa con la voluntad de los pacientes. La creación de un marco legal en este sentido permitirá que los pacientes tengan la opción de elegir cómo desean enfrentar el final de sus vidas, y al mismo tiempo protegerá a los médicos que participen en el proceso. Esta es una oportunidad para México de demostrar su compromiso con los derechos humanos y la ética médica al tiempo que brinda soluciones compasivas a quienes sufren en su fase final de vida.
Fuentes de consulta
Cámara de Diputados. (2022, Septiembre 25). Comunicación. Comunicación. Recuperado
enero 19, 2024, de https://comunicacionsocial.diputados.gob.mx/index.php/boletines/plantean-reforma-con
stitucional-para-reconocer-el-derecho-a-la-muerte-digna-y-permitir-la-eutanasia
enero 19, 2024, de https://comunicacionsocial.diputados.gob.mx/index.php/boletines/plantean-reforma-con
stitucional-para-reconocer-el-derecho-a-la-muerte-digna-y-permitir-la-eutanasia
Rodríguez Mayora, O., Ascencio Huertas, L., Verástegui, E., Delgado Guay, M. O., & Allende
Salas, S. P. (2020, Abril). Argumentos éticos a favor y en contra de la participación del
profesional médico en la muerte asistida. Análisis del Departamento de Ética del Colegio Médico de Chile. SciELO Chile. Recuperado enero 18, 2024, de
https://scielo.conicyt.cl/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S0034-98872020000400542
[1] DHD: desire to hasten death, o en español es traducido como deseo por apresurar la muerte.
Ensayo escrito por Sophia Verónica López Contreras en Español 1 durante el trimestre 24 Invierno

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